jueves, 18 de mayo de 2017

Quince años de prisión para asesinos de productor rural

Un joven de iniciales D.P., de 22 años, y otro de 29, autor y coautor del homicidio de un productor rural de la zona de Mendoza Chico en julio de 2013, fueron condenados, respectivamente, a cumplir 15 y 14 años de penitenciaría por sentencia del Tribunal Apelaciones Penal 1º Turno de la Suprema Corte de Justicia, luego de más de tres años de deliberaciones a nivel judicial iniciados a partir de la apelación del dictamen inicial.
EL PLAN
Según la sentencia, se pudo comprobar que el hombre de 29 años administraba Rumbo Campo S.A., ubicado en el kilómetro 89,300 de Ruta 5, propiedad de la víctima, quien le había ofrecido ese cargo a cambio de obtener más dinero porque estaba embargado. El joven administrador, quien en la ocasión contaba con 26 años, podía utilizar la cuenta bancaria y distintas maquinarias de la sociedad. Quince días antes del crimen, vino a vivir con él su primo D.P., quien le narró que sufría problemas económicos. Ambos comenzaron entonces a plantearse la posibilidad de dar muerte al titular del establecimiento para que el administrador explotara libremente la totalidad de los bienes de la  S.A. que, en realidad, pertenecían al productor. Los dos hombres, carentes de antecedentes penales, llegaron incluso a pensar en tramitar una pensión para la esposa del productor luego de que le dieran muerte. El joven administrador del establecimiento dijo que la idea fue de su primo D.P., y que le pareció bien.
RESUMEN DE HECHOS
El 14 de julio 2013, próximo a las 19.30, ambos fueron al domicilio del padre del administrador del campo a buscar un rifle calibre 22, con el que al día siguiente D.P. iba a disparar al productor. Planeaban decir que lo había matado un cazador furtivo. El 16 de julio de 2013, temprano, tomaron el arma y se dirigieron al establecimiento de la víctima. D.P. se internó en el campo, aguardando a que su primo y el productor empezaran sus tareas. Éstos llegaron momentos después y comenzaron a montear con una motosierra.
En determinado momento, los imputados intercambiaron mensajes de texto hasta que D.P., desde aproximadamente 50 metros, escondido detrás de un árbol, efectuó tres disparos que hirieron al productor, a quien dejaron herido, pero no muerto. En semejante trance, el herido alcanzó a llamar con su celular, avisando dónde estaba y sindicando al joven administrador de su propiedad como la persona que lo intentaba matar. Una de las llamadas fue a su esposa. La policía logró comunicarse con el productor agonizante, quien dijo que se moría y nuevamente señaló a su administrador como quien le diera muerte.
“VOS LO MATASTE”
Luego de haber herido a la víctima, D.P. salió corriendo, disparó por lo menos otra vez y arrojó el arma al río Santa Lucía, mientras su cómplice corrió al domicilio de la víctima para avisar a su esposa, según el plan acordado. No obstante, la mujer, sabiendo la verdad por boca de su esposo moribundo, le espetó: “Vos lo mataste”. El productor fue hallado en el descampado, ya fallecido. Según la autopsia, su cuerpo presentaba “5 orificios de entrada de proyectil de arma de fuego y uno de salida. Las entradas están ubicadas en cara posterior de muñeca derecha, cara lateral de  hemitórax derecho y los restantes en dorso”. Según el mismo protocolo, tres de los disparos impactaron el cuerpo de la víctima desde atrás, causándole la muerte por “hipovolemia”.
SENTENCIA DEFINITIVA
Luego de un extenso análisis del caso, el citado órgano de la Suprema Corte de Justicia resolvió, por sentencia definitiva, condenar a la pena de 15 años de penitenciaría a D.P, y a 14 años a su primo, administrador del establecimiento, como autor y coautor, respectivamente, de un delito de homicidio especialmente agravado por la premeditación. Descontando la prisión preventiva que cumplen desde el año 2013, ambos permanecerán aún entre 10 y 11 años más privados de su libertad.
EL HERALDO


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