martes, 27 de mayo de 2014

¿Qué votamos el domingo 1º de junio?

La integrante de la Corte Electoral Silvana Goñi envió a la prensa una nota en la que explica con claridad lo que se vota este domingo 1º de junio. La nota es muy oportuna, porque son muchos los ciudadanos que no piensan votar por desconocer para qué hay que hacerlo, y como no es obligatorio, no se molestan en concurrir a las urnas.
En este escrito se aclaran todos los puntos en duda que pudiera tener la población sobre estas elecciones internas. Vale la pena leerlo.

LAS ELECCIONES INTERNAS
El próximo domingo 1º de junio los uruguayos estaremos convocados a las urnas, por insólita omisión del legislador, sin obligación alguna, de forma voluntaria, y aunque es la elección más importante del proceso electoral impuesto por la reforma constitucional de 1996 muy pocos ciudadanos conocen qué se elige y cómo, lo que provoca una importante abstención que históricamente desde su aplicación en 1999 casi no ha variado: votan 4 de cada 10 habilitados.
Esta elección interna y simultánea de los partidos políticos es el puntapié inicial de una secuencia de elecciones que culminará el 10 de mayo de 2015 eligiendo Intendentes, Ediles y Alcaldes.
Qué se elige?
Cuando el elector ingrese al cuarto secreto se va encontrar dos listas una “larga” y otra “corta” en términos de tamaño, la primera, corresponde al ORGANO DELIBERATIVO NACIONAL (en adelante ODN), y la segunda contiene los candidatos al ORGANO DELIBERATIVO DEPARTAMENTAL (en adelante ODD).
En la hoja de votación al ODN encontraremos el nombre de quien se postula como candidato único a la Presidencia de la República por un lema (nombre del partido político), acompañado de ciudadanos candidatos a integrar el órgano electivo nacional de ese mismo lema. La nómina de candidatos al ODN puede incluir hasta 500 candidatos titulares, en esta oportunidad sólo se permite un suplente por cada titular.
El precandidato más votado será nominado directamente como candidato único a la Presidencia de la República siempre que hubiera obtenido la mayoría absoluta de los votos válidos de su Partido. También lo será aquel precandidato que hubiera superado el cuarenta por ciento de los votos válidos de su Partido y que, además, hubiese aventajado al segundo precandidato por no menos del diez por ciento de los referidos votos. De no darse ninguna de estas hipótesis será el ODN electo y proclamado en la elección interna, quien, actuando como colegio elector, en votación nominal, lo elija.
En la práctica, por acuerdo entre los precandidatos, “el que gana, gana”, y por tanto, el ODN de ese partido político se limitará a elegir el candidato a Vicepresidente y ratificar la fórmula presidencial.
En la hoja de votación al ODD el elector encontrará: el lema (nombre del partido político), un sublema (que es no obligatorio pero que casi todos lo tienen a fin de acumular con otras hojas de votación) y la lista de los candidatos a integrarlo (puede incluir hasta 250 candidatos e igual número de suplentes). Este órgano departamental elige al o los candidatos a la Intendencia por ese partido político, con un máximo de tres.
Cómo se elige?
Las opciones son variadas, un ciudadano puede colocar en el sobre de votación:
- Hoja al ODN y otra al ODD del mismo partido político (Ej. Lista 90 (ODN) y 190 (ODD) del Frente Amplio)
- Hoja al ODN y ninguna hoja al ODD (Ej. Lista 909 (ODN) del Partido Independiente, solamente)
- Una hoja al ODD y ninguna al ODN (Ej. Lista 222 (ODD) del Partido Colorado, solamente)
- Varias hojas de diferente número al ODN de un mismo precandidato con una o sin hoja al ODD (Ej. Listas 162, 962, 6818, 6279, 62000,- incluyendo sólo dos ya es un voto al Precandidato Lacalle Pou pero a ninguna lista en particular- y 62 (ODD) del Partido Nacional)
- Dos hojas de votación al ODD del mismo partido político e igual sublema con o sin hoja al ODN (Ej. Listas 96 y 2004 sublema “Alianza Nacionalista de Florida” (ODD) –es un voto al sublema pero a ninguna hoja de votación en particular;2014 (ODN) del Partido Nacional)
Si se desea anular totalmente el voto:
- HOJA ACOMPAÑADA DE OBJETO EXTRAÑO
- TACHADA, RAYADA O ENMENDADA
- SI APARECEN MÁS DE DOS HOJAS IDÉNTICAS DENTRO DEL SOBRE
- HOJAS DE DIFERENTE LEMA (PARTIDO POLITICO)
También anulan el voto pero sólo a un órgano:
- DOS HOJAS DE DIFERENTE PRECANDIDATO CADA UNA (Ej. Lista 609 -T. Vázquez – y 567 – C. Moreira- al ODN del Partido Frente Amplio)
- DOS HOJAS DE DIFERENTE SUBLEMA CADA UNA (Ej. Lista 62 “Defensores de las Leyes” y 96 “Alianza Nacionalista de Florida” al ODD del Partido Nacional)
Si el elector desea no manifestar ninguna voluntad bastará con que no incluya nada dentro del sobre de votación con lo que se computará un voto EN BLANCO.
Espero que mi aporte haya aclarado alguna duda y que el 1º de junio la gente vote masivamente, a quien quiera, pero que vote!
Sin más los saluda y queda a sus órdenes.
Silvana Goñi Scitti.

No hay comentarios:

Publicar un comentario