El aficionado, identificado como W.D.C. no podrá concurrir a
espectáculos deportivos organizados por la LFF por un plazo de 120 días a partir del día 1º
de noviembre del presente año, bajo apercibimiento de formular la denuncia ante
el Juzgado competente en materia de faltas.
RESOLUCIÓN DE LA LIGA DE FÚTBOL DE FLORIDA:
Florida,
28 de Octubre de 2013.
VISTO
– Los incidentes ocurridos en cancha de River Plate con fecha 6 de Octubre del
presente, luego de finalizado el partido entre los Clubes River Plate y
Tabaré por la 2º fecha del Torneo Clausura.
RESULTANDO
– I) Que oportunamente se confirió vista a los Clubes Tabaré y River Plate, a
los efectos de que denuncien y/o individualicen a los presuntos responsables de
los hechos de violencia acaecidos.
II)
Que compareció el Club River Plate, señalando que la persona que agredió al
futbolista Ignacio García “es la que aparece en las fotos de Futbolflorida, en
la página del periodista Jorge Benoit, claramente identificado con un pantalón
rojo y una remera negra”.
III)
Que de acuerdo a las averiguaciones realizadas por este Consejo, la persona se
encontraría identificada en la fotografía de Futbolflorida, tratándose del Sr.
W.D.C.
IV)
Que habiéndose conferido vista y citado a la persona presuntamente autora de la
agresión al futbolista, no compareció a estar a Derecho, ni presentó descargos
de índole alguna.
V)
Que en Asamblea Extraordinaria de la
Liga de Fútbol de Florida de fecha 23 de Octubre del
presente, se aprobó Protocolo de actuación en caso de suscitarse episodios de
violencia en espectáculos organizados por esta Liga.
CONSIDERANDO:
Que en la especie se entiende que el episodio ocurrido así como la naturaleza y
gravedad de la agresión, amerita la aplicación del instituto del “derecho de
admisión” en los espectáculos organizados por la Liga de Fútbol de Florida.
ATENTO
A LO EXPUESTO, EL CONSEJO EJECUTIVO DE LA LIGA DE FÚTBOL DE FLORIDA RESUELVE:
1º)
Establécese que no se admitirá la presencia del Sr W.D.C., a espectáculos
deportivos organizados por la
Liga de Fútbol de Florida, por un plazo de 120 (ciento
veinte) días a partir del día 1º de Noviembre del presente, bajo apercibimiento
de formular la denuncia ante el Juzgado competente en materia de faltas.
2º)
Comuníquese la medida dispuesta al involucrado, a la autoridad policial, a los
Clubes afiliados a esta Liga, y demás comunicaciones que se estimen menester a
los efectos del cumplimiento de la misma.
IN
FLORIDA
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