miércoles, 10 de junio de 2009

Reglamentan uso de casco para motos

El Departamento de Transito de la Intendencia Municipal de Florida, dio a conocer el decreto mediante el cual se reglamenta el uso de Casco Protector para Usuarios de Motos.
Mediante este Decreto, el Poder Ejecutivo aprueba el Reglamento Nacional de Uso de Casco Protector por parte de usuarios de ciclomotores, motos, motocicletas, motonetas o similares, en cumplimiento de la obligatoriedad establecida por el artículo 33 de a Ley Nº 18.191 del 14 de noviembre de 2007.
El Reglamento Nacional establece que todo usuario de la vía pública que circule en ciclomotores, motos, motocicletas, motonetas o similares, DEBERÁ llevar puesto un casco protector.
Por lo tanto, todo casco protector que se importe, construya y/o comercialice con destino a ser usado por los usuarios que circulen en la vía pública deberá cumplir -en un todo- con la NORMA TÉCNICA UNIT 650:81, edición 1996-06-15, del Instituto Uruguayo de Normas Técnicas. Además estos deberán ser previamente certificados y aprobados por el Instituto de Ensayo de Materiales de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de la República y/o por quien la Unidad Nacional de Seguridad Vial, previo cumplimiento de los requisitos y procedimientos correspondientes, disponga a tales efectos.
El decreto de Reglamento Nacional también establece que a partir del 1º de junio de 2009 no se podrá comercializar cascos que no dispongan del sello que acredite su certificación de acuerdo a la norma UNIT 650:81, otorgado por el Instituto de Ensayos de Materiales de la Facultad de Ingeniería.
Así como, a partir del 1º de diciembre de 2010, los cascos protectores autorizados para ser usados en la vía pública, serán exclusivamente los que cumplen con las Normas UNIT citadas y el decreto aprobado.
En su Art. 8º el decreto RECOMIENDA que a partir del 1º de junio de 2009 la venta de vehículos ciclomotores, motos, motocicletas, motonetas o similares, sea acompañada con un casco protector certificado, como mínimo.
Se establecen también sanciones para aquellos que comercialicen, importen o fabriquen cascos protectores en infracción a las disposiciones establecidas.
Más información
http://www.presidencia.gub.uy/unasev/

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